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Nuestra propuesta

El MRFC nace entre ciudadanos comunes que deseamos la reunificación de la gran patria centroamericana. No como un sueño utópico, si no como la oportunidad de hacer muchas cosas nuevas y mejores, reestructurar las instituciones que no funcionan y promover liderazgo regional que sí trabaje para sus pueblos.

La RFC de 1824 no funcionó por la falta de visión de esa época, pero este mundo que ahora es más globalizado demanda que nos unamos y formemos una gran nación relevante entre las naciones de las Américas.

Vemos en la reunificación un nuevo comienzo, dejando atrás los errores del pasado, partiendo desde ese punto de la reunificación como un solo pueblo, fuerte, grande, diverso y orgulloso. Uniendo fuerzas para resolver nuestros problemas, dejando a un lado las influencias de terceros…gobernando por y para nuestros pueblos.

FORMA DE GOBIERNO: República Federal 

Tres niveles de administración: Nacional, Estatal y Local.

  1. Gobierno nacional: dirige las relaciones internacionales, fuerza pública, Hacienda y política monetaria. Su deber es mantener la unión y el orden interno de los Estados. Otras atribuciones que otorgue la Constitución.
  2. Gobierno estatal: administración interior de los Estados en todo lo que no esté reservado al gobierno nacional. Los ciudadanos de cada estado deciden por medio de su gobierno si tener un gobierno estatal centralista o bicameral. 
  3. Gobierno local: régimen de administración municipal

SEDE DEL GOBIERNO FEDERAL 

Considerando que la realidad económica de Centroamérica hace difícil la construcción de una ciudad adecuada para albergar a los poderes nacionales y cuerpo diplomático, se propone el establecimiento de una capital provisional. Esta debe ubicarse en una ciudad que tenga la infraestructura adecuada. Se propone una de las siguientes:

CAPITAL PROVISIONAL:

  • Quetzaltenango
  • Cartago
  • San Pedro Sula

CAPITAL DEFINITIVA: Se deberá demarcar un Distrito Federal en el trifinio de los Estados de Guatemala, Honduras y El Salvador, conservando la zona natural protegida del trifinio bajo la administración federal. Se deberá construir en el Distrito una nueva capital que albergue los poderes nacionales y diplomáticos. Su extensión territorial deberá ser discutida y decidida por la Asamblea Nacional Constituyente.

PODERES FEDERALES

LEGISLATIVO BICAMERAL: Congreso y Senado.

CONGRESO: Con estimaciones del año 2020, entre 160 y 170 Diputados usando la fórmula 1 por cada 200k habitantes. La Asamblea Nacional Constituyente definirá si el número queda fijo o si se modificará conforme a los censos poblacionales.  El cargo de diputado durará tres años, la reelección será permitida de forma indefinida.

SENADO: Sí al pacto de unión asisten solo tres Estados, serán cinco senadores y uno por el D.F., un total de 16. Si firman más de 3 Estados, serán 3 senadores por cada Estado, más uno por el D.F., por ejemplo sí firman 5 será un total de 16. Se renovará la mitad cada tres años, por sorteo. En caso de empate en votación, el/la vicepresidente del Ejecutivo tendrá el voto de desempate. Término de 6 años, reelección indefinida para senadores.

EJECUTIVO:

  • Presidente y vicepresidente durarán seis años en el cargo. No habrá reelección.
  • Las secretarías serán definidas por ley, podrá modificarse su número.
  • El presidente será el jefe de Estado y jefe de gobierno, le corresponderá el mando supremo de la fuerza pública.

Habrán elecciones cada 3 años, con la mitad-+ del Senado renovándose, y el Congreso renovándose por completo.

JUDICIAL: Esto lo decidirá el poder Legislativo bajo consulta de expertos en el tema.

ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE

Será el órgano encargado de redactar la Constitución del país. Cuando esta entre en vigor, la Asamblea cesará sus funciones para dar posesión al Congreso y al Senado. Si solo concurriesen tres Estados, el número de constituyentes debe ser establecido por proporcionalidad de población. No más de 90 y no menos de 60. Si el pacto de unión es firmado por 4, 5 o más Estados, el número de constituyentes debe ser igual para cada Estado. No más 100 y no menos de 70.

ORDEN PÚBLICO NACIONAL

La nación tendrá como política de seguridad un Orden Público. Este será conformado por las instituciones policiales estatales y locales, que al ser convocados por el poder federal el cuerpo se convierte en el Orden Público Nacional, para  ejecutar las políticas y acciones de seguridad ciudadana y nacional para el ejercicio y respeto a la Constitución Política, a la soberanía nacional, a la integridad territorial y el mantenimiento del orden público.

FUERZAS ARAMADAS NACIONALES

Si los Estados en representación de sus diputados en la Asamblea Nacional Constituyente optan en lugar de un Orden Público por la institución de una Fuerza Armada Federal, se pondrá a voto. Esta institución estaría sujeta a su limitado rol constitucional federal, como carrera instructiva de formación en diferentes ramas. Las Fuerzas Armadas existirá para proteger al pueblo y la constitución federal, para proteger y defender la soberanía nacional. Su comandante en jefe será el ciudadano o la ciudadana presidente federal. Las Fuerzas Armadas no podrán ser participe de ninguna confabulación política, partidaria o proselitista. Las Fuerzas Armadas no podrán ser comandadas ni dirigidas por alguien de su propia institución, su comandante en jefe será el Presidente Federal, constitucionalmente elegido según las leyes electorales federales.

SIMBOLOS PATRIOS

La bandera y escudo será determinado por la Asamblea Nacional Constituyente. Mientras tanto se usará la bandera y escudo federal de la Constitución de 1824.

LEMA FEDERAL: Vivimos en tiempos en que debe existir una clara separación entre Estado e Iglesia, por el bien de la democracia. Por ende, el lema propuesta ya no será DIOS UNIÓN LIBERTAD sino LIBRE CREZA FECUNDO, tal como aparece en las monedas antiguas de la Federación.

AVE NACIONAL: Águila Crestuda Real, el Quetzal o el Colibrí Esmeralda. 

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ARBOL NACIONAL: Ceiba Pentandra

MAMÍFERO NACIONAL: Jaguar.

NSTRUMENTO NACIONAL: Marimba.

FLOR NACIONAL: ?

HIMNO NACIONAL: La Granadera.

MONEDA: Peso Centroaméricano

POLÍTICA DEL TERRITORIO NACIONAL

INTEGRIDAD DEL TERRITORIO: Considerando los procesos de construcción de los Estados-Nación desde hace más de 180 años y a manera de evitar la inestabilidad que podría provocar en tanto no se consolide la Unión, se determinó lo siguiente:

Los Estados son indivisibles, es decir, no se podrá crear otros Estados a partir del territorio de las entidades existentes. Solo se podrán crear otros Estados a partir de territorios adquiridos o unidos por voluntad general a la nación. Podrán unirse plenos o dividirse, según determinen Congreso por 2/3, Senado por 2/3 y Estados de la Unión por 2/3 de votos.

DIFERENDOS TERRITORIALES DE LOS ESTADOS

Previo a instalarse la Asamblea Nacional Constituyente, se exhortará a los Estados a que resuelvan sus disputas limítrofes de buena fe y en pro de la unidad nacional. Naturalmente, se dará un plazo límite. En caso de no llegar a acuerdos, estos pasarán a ser conocidos en el futuro no por la Asamblea sino por el Congreso y el Senado, el voto para la resolución deberá ser de 2/3. 

SECESIÓN 

La unión es perpetua, no existe la secesión.